Casos legales de reclamaciones de consumidores - Visoabogados

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¿Cómo salir del ASNEF y otras listas de morosos?

Que los datos personales acaben en algún fichero de morosos, como es ASNEF, por una deuda no satisfecha, puede dificultar el acceso a ciertas gestiones bancarias. Por ejemplo, al pedir un crédito o una hipoteca, lo primero que va a hacer el banco es mirar estas bases de datos. En el caso de que figures en ellas, lo más seguro es que rechacen la concesión.

Formas de salir de los ficheros de morosos

Hay varias maneras de conseguir dejes de tener el cartel de «moroso» y ninguna de ellas pasa por llamar a la empresa para que, simplemente, rectifiquen. Esto no causará más que frustración, sobre todo si, como pasa muy a menudo, la deuda es injusta. Es mejor seguir algunos de estos consejos:

Pagar la deuda

Es la forma más directa y sencilla para dejar de aparecer en el ASNEF. En teoría, esta asociación tiene un mes para corroborar con el acreedor que la deuda está satisfecha, pero no está de más estar atento a que cumple con sus obligaciones de información y cancelación.

Esperar a que prescriba

La ley establece que el plazo máximo para que los datos personales permanezcan en un registro de morosos es de seis años. No es que sea una forma muy ética de solicitar la eliminación de los datos, pero si se puede esperar este tiempo, es otra manera de salir del fichero.

¿Cumple la LOPDGDD?

La nueva Ley Orgánica de Protección de datos (LOPDGDD) establece una serie de pasos legales para que los acreedores puedan meter los datos personales en un fichero de morosos. Por ejemplo, ahora la cantidad mínima es de 50 euros y se ha de informar al cierta y fehacientemente al afectado de su inclusión. Además, se ha debido de reclamar antes dicha deuda a través de un burofax.

Dicho esto, si se puede demostrar que el acreedor no ha cumplido estas normas, podrá solicitar a la propia encargada del ASNEF que cancele los datos en su fichero.

Reclamar con ARCO

En numerosas ocasiones la deuda ya ha prescrito (pero tus datos siguen como morosos) o ha sido motivo de un error. En estos supuestos se podrá pedir la eliminación de la información personal a través de los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO). A través de un formulario dirigido al responsable del fichero, este ha de revisar cada petición que le llega y tiene la obligación de responder siempre, guardando una justificación de dicha respuesta por si fuera reclamada a posteriori.

En definitiva, estar en una lista de morosos puede perjudicar tus intereses económicos, aunque la cantidad sea irrisoria e, incluso, si el alta en ella ha sido injusta. Sin embargo, la ley pone en manos del afectado diferentes opciones para que salga de esta situación, entre ellas pagar la deuda o acogerse a los derechos ARCO.

En cualquier caso, también es interesante que se compruebe si se han metido los datos cumpliendo la LOPD, pues de no ser así, se puede exigir la cancelación. Para consultar cualquier tipo de duda, puedes ponerte en contacto con nosotros hoy mismo y te ayudaremos.

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Cada vez más familias españolas se mal endeudan con las tarjetas revolving

Cada día son más los afectados por las tarjetas revolving, consideradas también como las «tarjetas usura». Este tipo de tarjetas, cuyo funcionamiento es criticado por todos los expertos, permiten a muchas personas contar con una barra libre de dinero, que se amortiza de forma aplazada y que lleva aparejado un interés que puede llegar a cuadriplicar el establecido por el interés legal del dinero.

Los problemas de las tarjetas revolving en España

Con la crisis ya olvidada por muchos españoles, el protagonista de estos años es el incremento del consumo. Muchas familias han contratado este tipo de tarjetas, las cuales ofrecen capital rápido, pero que a su vez son una trampa: los intereses son muy elevados, lo que convierte que este tipo de tarjetas sean conocidas como las tarjetas usura.

Y esta mala fama está justificada. Pongamos un ejemplo: si una persona desea obtener un un crédito al consumo y la misma acude a una entidad financiera, el interés medio que aplicará el banco es del del 8 %. Sin embargo, son muchas las empresas financieras y entidades que están elevando estos intereses hasta el 30 %. Donde muchas familias vieron una rápida y sencilla financiación había, realmente, la puerta a una deuda casi perpetua.

El «pago eterno» de estas tarjetas

Profesionales abogados o economistas y hasta organizaciones de consumidores alertan a los usuarios sobre el «mal endeudamiento», que podría afectar en España a entre 6 y 8 millones de personas, las cuales pueden reclamar en los juzgados estos intereses abusivos.

Son cada vez más las personas que optan por esta vía al tener una deuda perpetua: no se empieza a amortizar la cantidad prestada, ya que todo lo que se paga son intereses. Solo un dato: durante el año 2017, las deudas por créditos al consumo de los españoles a través de estas tarjetas eran del 10 %, pero en el año 2019 ya se alcanzaba el 21 %.

¿Cómo reclamar por los intereses abusivos de las «tarjetas usura»?

En Viso Abogados ayudamos a las familias que están sufriendo estos intereses abusivos. Es posible reclamar la cantidad de la deuda gracias a la Ley de Usura o Ley de Azcárate. Pese a que es una legislación antigua, con antecedentes de Derecho Romano, la ley indica que se podrá reclamar la devolución de los intereses cuando estos sean muy elevados y/o siendo un endeudamiento aceptado por alguien que no era consciente de lo que firmaba al estar atravesando un mal momento económico.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo, además, da la razón a los afectados al considerar no solo abusivos los intereses, sino nulos POR USURA, por lo que se abre una puerta a la esperanza para millones de afectados, quienes podrían devolver las cantidades prestadas sin pagar los intereses y comisiones abusivos impuestos por las entidades o empresas financieras.

Las tarjetas revolving se están convirtiendo en la pesadilla de millones de españoles, quienes se encuentran ahogados por intereses abusivos y con una deuda perpetua. Si te encuentras en esta situación, recuerda que puedes contactar con nosotros: tenemos LA SOLUCIÓN A TU PROBLEMA.

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¿Se pueden prohibir la estancia de mascotas en una comunidad de propietarios?

No son pocas las comunidades de propietarios que viven conflictos entre vecinos por las mascotas que viven en el edificio. Estos problemas se producen por los daños, suciedades, ruidos o los olores que pueden, en ocasiones, generar los perros. Llegados a este punto, hay propietarios que se preguntan: ¿se puede prohibir la entrada de la mascota al edificio?

La estancia de las mascotas en la comunidad de propietarios: ¿puede prohibirse?

La respuesta es sí. Existe un caso en el que, en la comunidad de vecinos, se puede prohibir que una mascota viva en la vivienda: en el caso de las viviendas alquiladas, el propietario de la misma, en contrato, le puede prohibir al inquilino la tenencia de mascotas.

Este caso comentado es el único en el que se puede prohibir una mascota en la comunidad. Una comunidad de vecinos, ni aprobándose en estatutos, puede llegar a prohibir que una mascota entre en el edificio. En estos casos, el derecho individual prima sobre el colectivo, por lo que la comunidad no puede prohibir la tenencia de mascotas.

¿La comunidad puede hacer algo con las mascotas que viven en el edificio?

Como ya hemos comentado, una comunidad de propietarios no puede prohibir la tenencia de mascotas, aunque sí puede aplicar una serie de normativas para un correcto funcionamiento de la convivencia. Se pueden establecer normas, incluso limitar, en este caso, el uso de las zonas comunes por parte de las mascotas. Zonas como los ascensores, escaleras, patios, accesos, etc, pueden verse afectados.

Si algún propietario interpreta que un vecino incumple la norma o estatuto en la comunidad, podrá informar al Administrador o Presidente para que solucione el problema, incluso si así se desea, la convocatoria de Junta Extraordinaria para que sea la Junta de Propietarios quien tome las posibles decisiones al respecto, y en su caso se comience un procedimiento

El animal no es el culpable de lo que suceda

Se debe aclarar, en este punto, que el animal no es el culpable de los problemas que sucedan por su actitud: es culpa del propietario. Si el animal causa un daño a alguien, o si se mea, es culpa del propietario del perro, quien debe arreglarlo o limpiarlo.

¿Qué dice la Ley al respecto?

En el caso de que se incumpla la normativa o Ley, y provoque una situación molesta o insalubre, sí se puede llegar a prohibir a un vecino tener un animal en el edificio, pero este extremo lo debe dictaminar un juez. En este caso, las leyes no hacen menciones expresas a los animales que conviven en una finca, sino simplemente menciona las actitudes de incivismo que pueden producirse en la convivencia. Estas actitudes, implican y de forma directa o indirecta, a las mascotas.

¿Nos puede prohibir la comunidad de propietarios tener una mascota en nuestra vivienda? No, solo un juez lo puede prohibir POR TRATARSE DE UNA ACTIVIDAD MOLESTA O INSALUBRE. La comunidad de propietarios de una finca no tiene potestad para tal prohibición. ¿Tienes más dudas al respecto? Contacta con abogados profesionales, quienes te ayudarán o defenderán en todo momento.

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¿Qué puede hacer un banco ante una deuda de mi tarjeta?

Las tarjetas de crédito se convierten en ocasiones en armas de doble filo. Es relativamente frecuente que sus usuarios se queden en un momento dado sin liquidez para hacer frente a sus deudas. Pero ¿cómo debe actuarse cuando no se puede pagar la tarjeta de crédito?

Los impagos con tarjetas de crédito

Las tarjetas de crédito son herramientas muy útiles si se usan con cautela. En otro caso, pueden derivar en una espiral de deuda.

Cuando se produce un impago, las cuatro opciones principales al alcance del deudor son:

– Amortizar la deuda.

– Presentar un plan de pagos.

– Revisar el contrato de la tarjeta, por si fuera de Usura.

– Estudiar la posibilidad de aplicar la Ley de Segunda Oportunidad.

Amortizar la deuda

Esta opción no siempre es fácil, ya que requiere liquidez y celeridad. Cuanto más se tarde en amortizar la deuda más crecerá esta, pues devengará intereses de demora. Además, la forma típica de amortizar la deuda es contraer un crédito con otra entidad en mejores condiciones o con algún amigo, lo que solo retrasará el problema de liquidez.

Presentar un plan de pagos

Un plan de pagos es una propuesta de amortización que busca reducir el impacto del descubierto. En él se establecen aplazamientos y, en el mejor de los casos, quitas y esperas. Como debe ser aceptado por la entidad de crédito habrá que documentarlo y motivarlo tanto como resulte posible. Los abogados bancarios suelen relacionarse con entidades de crédito, por lo que pueden facilitar la planificación y negociación.

Revisar el contrato de la tarjeta

Esta solución está a mitad de camino entre las anteriores. En muchos de los casos, tanto los intereses ordinarios, como los moratorios, superan el límite del 20% TAE, por lo que se puede instar la nulidad del contrato por Usura.

Por lo que solo tendrá que pagar lo realmente dispuesto, sin intereses, ni comisiones.  Por lo que si ha abonado más por cuotas de lo entregado por la entidad, se producirá la nulidad, y la devolución de las cantidades indebidamente cobrado.

También puede suceder lo contrario, que la entidad haya abonado más de lo devuelto, en cuyo caso, se anula el contrato, y se deberá solo la diferencia, tampoco tendrá que pagar intereses moratorios, ni comisiones.  Una vez suceda esto, normalmente, podrá ir abonando la cantidad que pueda, siempre que supere los límites de inembargabilidad de salarios y pensiones.

Estudiar la posibilidad de aplicar la Ley de Segunda Oportunidad.

Una vez estudiado la posible nulidad del contrato, y analizando todas las deudas que se tengan, se podría plantear un procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad, que su especialidad técnica, deberá de confiar a despachos especializados.

Con ello podremos conseguir, una quita o rebaja de la deuda, y una espera o aplazamiento de pago.  Además de que en algunos casos, y según la situación patrimonial, los bienes y derechos del deudor son muy inferiores a la deuda existente, y se puede llegar a una exoneración de pagos, con lo cual, esperaremos una nueva vida, eso sí desde cero, pero sin el lastre de la deuda.

Qué hará el banco ante el impago de la tarjeta de crédito

En estos casos, la entidad financiera iniciará una reclamación extrajudicial. Lo normal es que encargue el cobro a un servicio de recobros especializado, con la intención de que los costes sean abonados por el deudor. Otra práctica habitual es que, en la misma reclamación extrajudicial, se amenace con la inclusión en un fichero de morosos. Aunque esto no empeora la deuda, sí puede impedir el acceso a ciertos servicios en el futuro.

En caso de que sus intentos de cobro extrajudiciales no prosperen, el banco iniciará la vía civil. Por medio de la misma se exigirá el pago de la deuda, y posteriormente, si el Juzgado les reconoce su derecho, proceder al embargo de dinero o bienes. El embargo de bienes es la medida más lesiva a la que puede acceder el banco, que nunca iniciar sin la existencia de un proceso judicial previo, en el que el Juez analice las circunstancias del contrato, para eliminar las cláusulas que se puedan entender abusivas, esto se oficio y por imperativo legal.

Es fundamental que en el caso de recibir una demanda de este tipo, se asesore RÁPIDAMENTE, LOS PLAZOS SON RELATIVAMENTE CORTOS, Y LA FALTA DE ACTUACIÓN SUELE BENEFICIAR AL BANCO.

Es importante recordar que durante estas reclamaciones correrán los intereses moratorios y, en su caso, los procesales. Esto significa que el deudor debería solucionar la situación lo antes posible. En Viso Abogados contamos con una dilatada experiencia en Derecho bancario. Por eso, podemos aportar soluciones preventivas (análisis de los contratos) y correctivas (asistencia jurídica procesal). Contacta con nosotros si necesitas asesoría en la materia.

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Ficheros de morosos : cómo se entra y cómo salir

Los ficheros de morosos no han sido creados como medida de presión, pero las empresas lo están utilizando de cara a reclamar las deudas. Si los datos personales han ido a parar a algunos de los registros que operan en España, va a ser bastante difícil (o imposible) que el dueño de esos datos contrate ciertos productos básicos, como préstamos bancarios, suministros esenciales (luz o telefonía), así como tener una tarjeta bancaria.

Ficheros de morosos

En España hay diferentes registros de morosos, pero los más conocidos son:

ASNEF: Gestionado por la empresa Equifax, es uno de los más populares y está dividido en tres partes. En primer lugar, está ASNEF Particulares, donde figuran personas que han contraído deudas con compañías principalmente de suministros y telecomunicaciones, así como entidades bancarias.

En segundo lugar, está ASNEF Empresas, donde se recogen las deudas de empresas y autónomos. Por último, ASNEF Deudas Públicas contiene la información de deudas publicadas en los Boletines Oficiales.

-BADEXCUG EXPERIAN: de funcionamiento similar al anterior.

Cómo se entra y cómo se sale de ellos

Para que los datos de una persona acaben en uno de estos registros, se ha de cumplir una serie de requisitos. Dichos requisitos han sido modificados ligeramente desde la aparición de la nueva GDPR. Por ejemplo, mientras que antes no había ninguna cantidad mínima para ingresar, ahora exigen que la deuda no sea inferior a 50 euros.

Además, dicha información solo puede ser suministrada por el acreedor, demostrando que se tiene una deuda con él. Por supuesto, esta tiene que estar vencida e impagada, y ser cierta y exigible. Además, no puede estar en trámites de reclamación mediante otros procedimientos, como la vía judicial o el arbitraje de consumo.

Por otra parte, al cliente se le debe notificar fehacientemente la inclusión en el fichero tras producirse el impago. También hay un plazo máximo de permanencia en los registros, que es de cinco años a partir de la fecha en que haya vencido el pago.

Dejar de aparecer en un fichero

Se pueden realizar varias acciones para dejar de formar parte de cualquier fichero. Por ejemplo, saldar la deuda. Pero sin esperar a que la empresa deudora se encargue de borrar los datos, lo mejor es que el afectado acuda directamente al titular del fichero, con su DNI y acreditando el pago.

Si se piensa que es una deuda injusta, se puede reclamar vía administrativa o judicial, ya que la ley no permite que los ficheros de morosos registren una deuda que está siendo investigada.

En numerosas ocasiones, los errores de las empresas hacen que pongan la etiqueta de moroso cuando ni siquiera existe deuda alguna. En estos casos, se debe informar al titular del fichero, que tiene entre uno y dos meses para responder. En el caso de que no lo haga, se puede denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Pero además, si la inclusión es indebida, podrás reclamar por daños y perjuicios por la misma, al afectar al honor.  La indemnización reconocida por los Juzgados y el Tribunal Supremo puede llegar a los 10.000€.

En conclusión, entrar en un registro de morosos es bastante fácil, así como difícil es salir de allí. La buena noticia es que se puede. Si tienes alguna duda puedes consultar aquí. ¡Te ayudaremos!

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Pasos para la reclamación de deuda por tarjetas de crédito revolving

En muchas ocasiones, la situación económica no permite hacer frente a todas las obligaciones de pago en el momento en que se hace la compra. Por ello, las tarjetas revolving permiten pagar los productos o servicios que se adquieren a plazos, pagando intereses, y no a final de mes, como podría ocurrir con las tarjetas de crédito, o al momento, con la tarjeta de débito.

Qué son las tarjetas de crédito revolving

En los últimos años, sobretodo durante la crisis, este tipo de producto financiero ha crecido en cuanto a popularidad debido a la enorme flexibilidad que ofrece y sus alternativas de pago. Los intereses pueden alcanzar, en algunos casos, hasta un 32 % del precio total, lo que indica, a lo largo plazo, que se puede llegar a pagar mucho más de los consumido. El funcionamiento de este tipo de tarjeta es realmente sencillo.

Trabaja igual que una tarjeta de crédito, es decir, no hace falta que el titular de la tarjeta tenga fondos en su cuenta bancaria, pero con la diferencia de que se cuenta con la posibilidad de aplazar el pago si se desea, en lugar de realizarlo en el momento indicado.

Cada uno de los pagos se realizará según las condiciones pactadas previamente, pudiendo llegar a producirse altos niveles de interés. Por ello, es recomendable que se estudie correctamente este tipo de producto porque pueden producirse altos niveles de endeudamiento, puesto que este “revolving” o recarga automática, así como la elevación del límite por el proveedor, llevan a unos niveles excesivos, y casi imposibles de cancelar.

Cómo reclamar este abuso

En muchos casos, el tipo de interés de estas tarjetas puede llegar a considerarse abusivo. En este sentido, es posible reclamar la cantidad de la deuda basándote en la ley de usura o la Ley de Azcárate. Esta legislación es realmente antigua, con antecedentes en el Derecho Romano, ya que se mantiene en el ordenamiento jurídico desde hace más de un siglo. Esta ley indica, en su artículo 1, que se podrá reclamar la devolución de las tasas de interés cuando estas sean demasiado elevadas, y aceptadas por alguien que estaba pasando por un mal momento económico o no era consciente de lo que firmaba.  Y que lleva una vez calificado así el crédito, tener que devolver solo lo recibido, sin intereses, comisiones o seguros, que se han pagado durante toda la vida del contrato.

En este sentido, actualmente, en Viso Abogados contamos con más de 25 años de experiencia preparando casos de abuso y usura relacionados con las tarjetas revolving.  Con un éxito del 100%, hasta la actualidad, y un 95% de condenas en costas a la financiera.

Funcionamiento de este tipo de tarjetas

El funcionamiento de las tarjetas revolving puede ser muy variado, y permite realizar pagos independientemente del dinero líquido con el que se cuente en la cuenta corriente. A la hora de devolver el dinero se puede optar por abonar una cantidad variable cada mes, con porcentajes de interés que pueden variar entre el veinte y el treinta por ciento. Por otro lado, también se puede elegir pagar una cantidad fija con horquillas muy variables de tipo de interés. 

Asimismo, y aunque es menos probable, también existe la posibilidad de pagar a mes vencido como ocurre con las tarjetas de crédito habituales que conocemos. Esta opción también se puede encontrar para las tarjetas revolving, aunque los bancos no acostumbran a publicitarla, ya que es la que no aporta rentabilidad. Por ello, si consideras que tus intereses son abusivos, no dudes en interesarte por nuestros servicios.  Trabajamos a éxito, es decir que si no conseguimos ganar, no tiene coste para el cliente.

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¿Qué gastos hipotecarios podrán reclamar los consumidores?

Los gastos hipotecarios han supuesto un gran sobrecoste para los consumidores que los contrataban. Pero hay que tener en cuenta que existe la posibilidad de reclamar determinados gastos que en su día se firmaron.

En este artículo se indican los principales gastos que pueden reclamarse, cuál es la normativa vigente y la posibilidad de obtener asesoramiento legal especializado.

Los gastos hipotecarios que pueden reclamarse

Los gastos hipotecarios susceptibles de reclamar son de varios tipos. Ha habido sentencias del Tribunal Supremo (TS) y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que han dado la razón a los consumidores. De hecho, puede afirmarse que, en muchas ocasiones, el TJUE ha ido por delante de los tribunales españoles.

El segundo aspecto importante radica en las medidas que toma el legislador. Se han aprobado nuevas leyes en 2018 y 2019 que van en la línea de defender mejor los intereses de los consumidores. En consecuencia, se han visto afianzadas las posibilidades de reclamar.

Gastos de formalización

Los gastos de formalización son los referidos al notario y al Registro de la Propiedad. En un primer momento se obligaba a los usuarios a hacerse cargo de la totalidad del importe, pero hoy se lo reparten al 50 % entre prestamista y prestatario. La actual jurisprudencia es clara al respecto, de manera que quedan salvaguardados los derechos del usuario, resultándole posible reclamar la parte que se le cobró de más cuando suscribió la hipoteca.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IJD)

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IJD) se ha cargado tradicionalmente sobre el consumidor, pero la legislación ha cambiado. El Real Decreto Ley 17/2018 establece claramente que es la entidad financiera la que ha de hacerse cargo de este tributo. Por consiguiente, si a partir de ahora una entidad financiera lo cobrase, el usuario puede reclamar porque no es legal.

Hipotecas multidivisa

Las hipotecas multidivisa han sido consideradas nulas por la difícil comprensión de su funcionamiento. Este tipo de acuerdo podía ser interesante para quien trabajaba con divisas, pero no estaban claros sus límites. Hoy existe la posibilidad de reclamar si es necesario desde que se firmó la hipoteca.

Cláusulas suelo

Las cláusulas suelo son condiciones de cobro abusivo de intereses que resultaban bastante frecuentes. Ahora bien, en 2018 se amplió el plazo para interponer reclamaciones, plazo que hasta entonces quedaba limitado a 4 años. En consecuencia, aún sería posible recuperar aquel dinero que se cobró de más en su día.

No obstante, este tipo de caso es complejo, de manera que es altamente recomendable solicitar un asesoramiento especializado. La realidad es que, recabando información de calidad, siempre resultará más sencillo darle a una reclamación opciones de éxito.

Conclusión

La reclamación de la devolución de gastos hipotecarios se ha convertido en uno de los caballos de batalla de los particulares que han de firmar cláusulas bancarias abusivas. Por ello, consideramos altamente recomendable contar con el asesoramiento y la representación de un despacho de abogados especializado en Derecho bancario. En Viso Abogados podemos proporcionarte toda la ayuda necesaria para que defiendas tus derechos con solvencia.

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Falta educación financiera y los riesgos que supone

En la actualidad, existen multitud de medios para informarse sobre la manera más eficaz de gestionar las finanzas. Sin embargo, la falta de educación financiera es un mal que muchas personas llevan consigo sin darse cuenta. Y, a pesar de que esto es fatal para su economía, toman decisiones financieras en base a su desconocimiento, sin buscar asesoramiento externo.

La falta de educación financiera

Según un ensayo realizado por la Universidad de Harvard y titulado The Anatomy of Ignorance: Diagnoses from Literature, la mayoría de las personas tienen a dejarse llevar por sus experiencias financieras anteriores para tomar decisiones en el presente.

Y esto, aunque podría parecer inteligente ya que es una forma de aprender de los errores y mejorar, no es todo lo eficaz que podría ser. El hecho de fijarse únicamente en el estado actual y anterior de la economía, en lugar de buscar información fiable y contrastada al respecto, hace que muchas personas fracasen en su intento por llevar unas finanzas saneadas.

Sea que se tenga ignorancia primaria, es decir, que no se sepa que uno es ignorante en una materia; o que la ignorancia sea reconocida, es decir, cuando se reconoce la ignorancia pero no sus consecuencias; las personas entran en problemas financieros y no saben qué los ha llevado hasta esa situación.

El pasado no determina el futuro

Una de las razones por las que las personas sufren económicamente toda su vida es que creen que una situación que salió bien o mal en el pasado, debe repetirse igual. Por ejemplo, si alguien hizo una transacción económica hace cinco años y le salió bien, tiende a pensar que si hace la misma transacción o una similar actualmente, saldrá airoso también.

Esto es un error ya que la economía, el mercado e, incluso, la persona, han cambiado en este tiempo. Además, lo que salió bien una vez no tiene por qué volver a salir bien una segunda. Pudo tratarse del simple azar.

Lo que ocurra a los demás no tiene que ser determinante

Otro error muy común en la economía de las personas es el hecho de creer que si al vecino le resultó positiva una actividad, a uno también le tiene que resultar positiva. En ese sentido, es muy frecuente encontrar a personas que, como no tienen cultura financiera, imitan a otros a los que les va bien económicamente.

El hecho es que, si imitamos el comportamiento de alguien que por azar tiene una buena economía, pero no dispone de educación financiera, estaremos lanzándonos al vacío con esa persona.

¿Cómo y dónde buscar asesoramiento?

Una de las formas más eficientes e inteligentes de tener una buena educación financiera y llevar nuestra economía por el buen camino, es buscar el asesoramiento de expertos en la materia.

Por ello, si te encuentras en una situación en la que crees que necesitas ayuda para tomar una decisión financiera, contacta con nosotros. Nuestro equipo de abogados puede ayudarte a tomar decisiones económicas de manera informada y con base jurídica.

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¿Quién tiene que pagar por la cancelación de una hipoteca?

La cancelación de la hipoteca es el trámite que pone punto final a la vida de un préstamo hipotecario. En este proceso se siguen varios pasos hasta que el Registro de la Propiedad elimina la carga del inmueble asentada en su día.

Ahora bien, la gran pregunta que muchos usuarios se formulan es: ¿a quién corresponde sufragar estos gastos?

Evidentemente, es el propietario del inmueble el interesado en liberarlo de cualquier carga una vez que se haya liquidado la deuda. Por tanto, la mayor parte de las veces será este quien asuma los gastos de cancelación si desea llevar a cabo el proceso. Las entidades financieras se limitan a aportar la documentación que legalmente les corresponde y a designar un apoderado para que firme, pero no asumen los gastos derivados, y llegan a cobrar una comisión por dicha actuación.

Una sentencia que obliga a Kutxabank a asumir los gastos de cancelación

En un momento en el que los usuarios se han puesto en pie de guerra contra la banca, ganando la partida de las cláusulas suelo y de los gastos de constitución de las hipotecas, entra en escena la de los costes de cancelación.

En este caso, ha sido la Audiencia Provincial de Bizkaia la que ha obligado a Kutxabank a devolver el dinero que un demandante gastó en la tramitación de la cancelación de su hipoteca. Si bien la entidad alegó que era el propietario quien tenía interés en eliminar el apunte hipotecario del Registro de la Propiedad, el tribunal rechazó la alegación. Y la rechazó argumentando que, en su día, se inscribió a favor del banco y, por tanto, ahora debería hacerse a favor del propietario.

Por tanto, la jurisprudencia ha sentado las bases para poder cambiar las «reglas del juego», pero no deviene en norma. Es decir, si un propietario quiere hacer desaparecer la carga del Registro de la Propiedad porque ya ha saldado la deuda, lo más probable es que tenga que pagar los costes. Eso sí, después podría iniciar un procedimiento judicial para solicitar que el banco le devolviese ese dinero y, en ese caso, dado que existe jurisprudencia al respecto, es posible que ganase la demanda.

Qué se necesita para cancelar una hipoteca

A continuación se detallan brevemente los pasos que deben seguirse:

1. Saldar la deuda con el banco y solicitar el certificado de deuda cero.

2. Acudir a una notaría y presentar el certificado para que preparen la escritura de cancelación que ha de firmar un representante del banco. El Banco de España prohíbe que las entidades cobren importe alguno por realizar este desplazamiento.

3. Liquidar en Hacienda el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600), aunque la cancelación está exenta y el importe a pagar es cero.

4. Presentar la documentación en el Registro de la Propiedad para que sea levantada la carga.

En definitiva, hasta el momento los gastos de cancelación han sido pagados por el propietario. Ahora bien, la antes aludida sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia puede cambiar el orden establecido. Sin embargo, si te ves en tal situación, para conseguir que sea el banco quien asuma estos costes deberás acudir a los tribunales. 

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Hipotecas multidivisa: ¿qué puedes recuperar como afectado?

Las hipotecas multidivisa fueron una alternativa interesante para muchos inversores porque, en condiciones favorables de mercado, los tipos de interés podían ser muy bajos. Lo que sucede es que esa misma ventaja se podía convertir en un problema en un contexto de inestabilidad. En esta entrada se ofrecen más detalles acerca de la problemática y las posibilidades de reclamar.

Cómo se puede reclamar cantidades en las hipotecas multidivisa

Como en muchas otras operaciones, las hipotecas multidivisa no son un mal producto si se tiene plena consciencia de lo que se contrata. En esencia, este producto financiero complejo consiste en una contratación a través de una divisa diferente a la que utiliza habitualmente el usuario. Lo más habitual es que las hipotecas multidivisa se firmaran en francos suizos o yenes.

Esto suponía que, en algunos casos, el tipo de interés era menor, que se calculaba mediante el índice LIBOR. Ahora bien, hay que señalar que si este índice cambia, era posible pagar más y, por otra parte, los tipos de cambio también podían incidir en la cantidad a abonar. Finalmente, es conveniente indicar que los costes de constitución eran superiores porque no era posible la subrogación.

El Tribunal Supremo ha declarado nulas estas hipotecas por falta de transparencia y, como principio general, es posible iniciar una demanda contra la entidad financiera si se es afectado minorista. Además, no se ha puesto un límite temporal para realizar las reclamaciones, de manera que todo aquel usuario que pueda demostrar su desconocimiento de las cláusulas podrá recuperar el dinero.

Es importante recordar que la entidad financiera está obligada a responder sobre la nulidad y que, si no lo hace, nos corresponderá tomar otro tipo de medidas. El dinero que se puede recuperar es variable, pero en algunos casos ha sobrepasado los 60.000 euros.

Cancelación

El afectado puede reclamar la cancelación en cualquier momento y, en este caso, lo recomendable es contar con un despacho de abogados que realice la reclamación, primero, ante el servicio de mediación de la entidad. Si no se ofrece un acuerdo satisfactorio, será el momento de ir a los tribunales para reclamar los daños y perjuicios.

Si la entidad financiera pierde el pleito, lo que es muy probable si se ha llegado a este punto, pueden condenarla a costas. Esto significa que, si tienes el caso bien preparado, el abogado saldría gratis.

Recuperar dinero

Por otra parte puedes recuperar la cantidad que te hayan cobrado de más durante estos años por no haberte informado de tiempo y forma, debiendo recalcularse la hipoteca al Euribor, teniendo en cuenta las cantidades abonadas, y excluyendo la fluctuación de la moneda.

Si la entidad no demuestra que pasaste los test de idoneidad y que te informó de forma transparente, tendrá que pagar.

Conclusión

Si se ha contratado una hipoteca multidivisa y hay intención de reclamar para recuperar el dinero, es preferible asesorarse y reclamar. En Viso Abogados están especializados en toda clase de reclamaciones con banca para particulares y empresas.

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Tarjetas revolving: cuidado con lo que contratas

Las tarjetas revolving han saltado a la palestra mediática al conocerse numerosos casos de intereses abusivos por pago aplazado de compras. Como sucede a menudo entre el común de los usuarios bancarios, la falta de instrucción sobre estos productos crediticios y la ausencia de un cálculo de las tasas de interés mensual y anual permite a ciertas compañías abusar de sus clientes.

Este tipo de herramienta de financiación ha experimentado una considerable proliferación ante la imposibilidad de ciertos colectivos de conseguir liquidez de manera más ventajosa.

Sea como sea, cada vez salen más casos a la luz que refieren cobros de comisiones abusivas y usura. Pero, claro, la posibilidad de disfrutar de bienes y servicios y pagar luego es demasiado atractiva como para dejar de ser una opción blanda a la de trabajar con la banca tradicional.

La OCU desaconseja su uso

La OCU no tiene dudas al respecto, como tampoco las tiene FACUA. Ambas entidades desaconsejan su uso e indican que es un camino fácil hacia un apalancamiento innecesario.

Endeudarse debe suponer una forma de conseguir un equilibrio entre el salario y el nivel de vida. Vivir por encima del nivel de deuda asumible puede generar graves complicaciones en la economía familiar.

Sirva como ejemplo ilustrativo el caso de las tarjetas MBNA-Avantcard, cuyos usuarios han sufrido tipos de interés anuales cercanos al 30 %. La plataforma de afectados sigue presionando para que se aplique una medida sancionadora a esta entidad. Por lo visto, tal como indican sus portavoces, esta empresa aplica modificaciones unilaterales en los intereses, renegocia la deuda y no deja constancia por escrito en ningún caso.

Lo que hay que tener en cuenta antes de contratar una tarjeta revolving

Aunque lo mejor es seguir el consejo de la OCU, en España son muchas las personas que contratan cada año una tarjeta revolving, en ocasiones por ser la única vía de financiación posible. Pero cuidado, hay que tener en cuenta la letra pequeña.

Lo más importante es calcular bien los intereses. Ciertas entidades tratan de seducir al consumidor indicando el porcentaje mensual o el interés nominal, que puede ser del 2 %, por ejemplo. Sin embargo, al calcular la T.A.E. encontramos un 26 %, con una tasa nominal anual del 24 %.

Lo lógico es que esta clase de tarjetas tengan un 10 % T.A.E., pero como se ha dicho hay algunas que rozan el 30 %, una cifra desorbitada que puede arruinar a una persona con un salario de tipo medio.

Además, a veces resulta difícil efectuar una buena estimación de los intereses que deben pagarse en función de las condiciones contractuales. Algunas entidades tampoco lo ponen fácil y precipitan la negociación por teléfono o en plena calle, dejando sin capacidad de respuesta a un usuario ávido de conseguir un aplazamiento en sus compras cotidianas.

En todo caso, si has sufrido un abuso por el empleo de tu tarjeta revolving, no dudes en ponerte en contacto con Viso Abogados. Podemos llevar tu caso y solicitar la devolución de lo que te hayan cobrado de más.

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Deuda por tarjetas de crédito revolving: qué son y cómo puedo reclamarlas

El concepto «tarjeta revolving» es, para muchos, indicativo de una de las grandes estafas de los últimos tiempos. Pero lo cierto es que esta nefasta práctica puede enmendarse ante los tribunales. Para ello basta con iniciar una acción de reclamación de la mano de un civilista solvente. Pero ¿cómo funciona exactamente esta estafa y cómo puede reclamarse?

Las tarjetas revolving: usura en soporte de plástico

Las tarjetas de crédito se caracterizan por anticipar liquidez para hacer frente a gastos. Por tanto, son instrumentos financieros que el usuario puede utilizar como pequeños préstamos automáticos.

Por supuesto, como ocurre con cualquier crédito, el anticipo tiene un coste. Este se cobra en forma de comisiones y, principalmente, intereses. El problema de las tarjetas revolving es que los intereses que aplican suelen superar el 20 % TAE. Como se comprenderá con facilidad, un interés tan elevado puede considerarse abusivo.

Pero, además de estos elevados intereses, las tarjetas revolving tienen una diferencia respecto a las de crédito: el usuario devuelve el dinero dispuesto no a la fecha de liquidación sino progresivamente, mediante cuotas.

Técnicamente, nada impide que el usuario de una tarjeta revolving devuelva su deuda a mes vencido, como haría con una tarjeta de crédito tradicional. Sin embargo, los bancos suelen ocultar esta posibilidad, pues al realizar un pago a cuotas los intereses van alargándose, lo que resulta más lucrativo al banco.

El resultado de esta práctica es que el cliente piensa que tiene una tarjeta de crédito con la que devuelve su deuda cómodamente. Pero lo que en realidad ha contratado es una deuda que irá retroalimentándose, haciéndose, en ocasiones, impagable.

Cómo reclamar las tarjetas revolving

Aunque mucha gente piensa que la usura es cosa del pasado (y así debería ser), lo cierto es que se trata de una práctica muy presente en nuestros días. Por eso, para reclamar este tipo de tarjetas hay que echar mano de una ley con mucha solera.

En 1908 entró en vigor una ley que permanece vigente en nuestros días: se trata de la ley de usura, norma que prohíbe los préstamos usurarios. Pero también involucra a operaciones equivalentes a tales préstamos, como puede ser la contratación de una tarjeta de crédito.

Por tanto, nada impide ampararse en esta ley para solicitar:

– La nulidad del contrato de una tarjeta revolving.

– La devolución de todo lo que se ha pagado por encima de las cantidades dispuestas, no solo lo intereses, sino también las comisiones, las cuotas de seguro, cuotas de renovación de tarjeta, etc.

¿Puede recuperarse el dinero perdido con una revolving?

En base a esta solución, numerosos juzgados han dado la razón a los clientes. Mediante sus sentencias han extinguido un gran volumen de contratos revolving, devolviendo al consumidor el dinero perdido.

Estos pronunciamientos se han consolidado en la doctrina y la jurisprudencia. Por tanto, actualmente es fácil que un abogado civilista competente recupere el dinero de un cliente afectado.

La reclamación de un crédito revolving debe hacerse:

– Extrajudicialmente, ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC).

– En caso de ser desatendido, judicialmente, ante el Juzgado de nuestro domicilio.

En definitiva, las víctimas de esta moderna estafa deberían contactar con un abogado especializado para reclamar. En Viso Abogados brindamos asesoramiento especializado, gracias al cual nuestros clientes consiguen recuperar su dinero. Contáctenos.

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¿Qué es y como funciona el fichero ASNEF?

El listado ASNEF es una gran base de datos en la cual se inscribe a los morosos. Es el registro de este tipo más actualizado y el más grande de España. Son las propias entidades que están asociadas las que la actualizan los datos para evitar futuros riesgos financieros.

Su funcionamiento

ASNEF cuenta con socios vinculados que usan este fichero de morosos para saber cuál es el estado financiero de aquellos que solicitan un préstamo o crédito.

¿Cómo se puede salir de ASNEF?

1. Pagando la deuda

Aunque es la alternativa más obvia, debe señalarse que es la manera más rápida para que un nombre se borre de ASNEF. Una vez pagada la deuda, se puede interceder ante la compañía acreedora y solicitar la retirada de los datos personales de este fichero.

El artículo 41.1 del Real Decreto 1720/2007 señala que, ante el cumplimiento o el pago de una deuda, la cancelación de todo lo que tenga relación con la misma será inmediata. Esto significa que la entidad estará obligada a contactar con ASNEF y solicitarle que el impago registrado se cancele.

2. Mediante el acogimiento a los derechos ARCO

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPDrefuerza la importancia de los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición), a los cuales se añaden otros importantes como el derecho al olvido. Para usarlos, es necesario descargar el modelo de cancelación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), o bien rellenarlo telemáticamente mediante el uso de la clave PIN.

En este punto, se hace especialmente importante la ayuda de un abogado profesional especializado que argumente por qué se solicita ejercitar el derecho de cancelación y que pueda señalar las razones por las que la deuda no se considera acorde con la realidad. Además, se aportará toda la documentación que sea posible para que respalde el derecho de cancelación.

3. Esperar a la eliminación del registro

A veces no es posible pagar la deuda por contratiempos que no se habían esperado. Si tampoco ha funcionado el punto anterior, un último recurso a tener en cuenta es esperar a que se borre el registro. Son seis años el período máximo que puede quedar guardado un impago en el registro de ASNEF. Así, se tendrá la seguridad de no estar en este fichero a la hora de pedir un nuevo préstamo o de firmar un contrato.

En definitiva, ASNEF y los listados similares son registros de morosos mantenidos por una asociación cualquiera. En el caso concreto de ASNEF, cuenta con más de 100 socios afiliados. Entre ellos están bancos, aseguradoras, determinadas empresas telefónicas o empresas eléctricas y de gas. También se incluyen entre sus afiliados Hacienda y la Seguridad Social, así como ciertas aseguradoras.

Los listados funcionan a nivel global. Por tanto, si el nombre o los datos de un deudor se encuentran en el fichero, los problemas para solicitar préstamos aparecerán en todo tipo de entidades, tanto nacionales como internacionales. De ahí, de nuevo, la importancia de contar con un buen abogado para salir de ASNEF.

La inscripción ilegal o indebida, siempre puede ocasionar daños, y por lo tanto, una indemnización por Daños al Honor.  Si es tu caso, no dudes en consultar con nosotros, bien por teléfono al 985229900, o por correo electrónico a info@visoabogados.com.

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Aspectos legales sobre los ficheros de morosos

Los ficheros de morosos sirven para dejar constancia de una deuda y pueden ser utilizados indistintamente por las entidades financieras para reducir el riesgo. Para el cliente, estar en esta lista es una dificultad para solicitar financiación. En este artículo se indican los distintos aspectos legales a tener en cuenta y cuál es el protocolo a seguir.

Tipos de ficheros de morosos

Aunque hay varias clases de ficheros de morosos, los más utilizados son dos. En primer lugar, el fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros (ASNEF) que sirve para las deudas de particulares con bancos, entidades financieras, y otros proveedores de servicios como compañías telefónicas, de electricidad, etc… Por otra parte, el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), exclusivo para las empresas, con el requisito de tratarse de deuda documentada en letras, pagares o cheques.

Existen otros ficheros como Experian que ya se está utilizando, pero los más importantes son los dos primeros.

Habida cuenta del requisito de la documentación de la deuda, del RAI, los otros dos ficheros, también incluyen un registro a nivel de empresas.

LA FINALIDAD DE ESTOS REGISTROS ES RECOGER LAS EMPRESAS O PERSONAS INSOLVENTES, para con ello, evitar nuevas contrataciones fallidas.

Protocolo para inscripción en el fichero de morosos

Para que una empresa pueda incluir a un particular en un fichero de morosos se tienen que dar una serie de condiciones ineludibles. Si no es así, se puede reclamar en cualquier momento la baja del mismo.

1. Deuda demostrable

Para la inclusión en los ficheros de morosos, la deuda vencida, líquida y exigible ha de ser demostrable. Esto implica que exista una factura vencida impagada por un bien y servicio que se ha recibido.  Siempre que el deudor no haya mostrado una oposición al pago, por entender que la misma es ilegal.

2. Requerimiento del pago

Otro aspecto imprescindible es que haya existido un requerimiento del pago al interesado sin éxito.  Extremo que deben de acreditar, si bien no en el momento de la inscripción, sino en el momento en que el deudor solicita la cancelación de la inscripción.

3. Documentación coherente

Este punto es muy importante, porque si haya alguna contradicción en la documentación aportada, esta pasaría a ser nula de pleno derecho.  O por la oposición del deudor, bien judicial o extrajudicial, si el crédito pasa a ser contencioso, debe de anularse la inscripción.

4. Notificar la inclusión en el fichero

Para cumplir con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos, la empresa está obligada a notificar al interesado que va a ser incluido en el fichero de morosos. De lo contrario, se pueden emprender acciones legales.  Hecho que sucede con mayor frecuencia, puesto que nunca se produce una notificación con acuse de recibo.

Cómo salir de una lista de morosos

Hay maneras de salir de una lista de morosos, en función de si el motivo de la inclusión ha sido justificado o no. Es bueno conocerlas para evitar situaciones problemáticas.

1. Inclusión por deudas

Si ha habido una deuda real, la manera más rápida de salir del fichero es pagarla. Ahora bien, una vez que se haya abonado la cantidad procederá enviar el justificante del mismo a la empresa gestora de la inscripción, para que esta, de oficio, retire los datos. En cualquier caso, conviene recordar que a los 6 años tienen que retirar los datos personales del fichero porque estos prescriben.

2. Inclusión no justificada

Cuando la inclusión no está justificada, se puede actuar de oficio ante la empresa gestora, y en caso de no obtener respuesta, trasladar la denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para reclamar la retirada. Además, esta acción no impide tomar otras de tipo legal para depurar responsabilidades si así se estima conveniente. De todas formas, la empresa está obligada a contestar en un máximo de 10 días a la solicitud de borrado de datos.

Qué hacer en caso de haber sido incluido de forma indebida

Tiene derecho a una indemnización, que ha sido valorada por nuestro Tribunal Supremo en la cuantía de 10.000€, por daños al honor.  Todo dependerá del daño causado, así como del tiempo que permanece la inscripción, y las entidades que hayan consultado en ese tiempo.

 

Los ficheros de morosos son un instrumento que se utiliza para reducir el riesgo para las entidades financieras pero, en ocasiones, se utilizan como COACCION PARA CONSEGUIR el cobro de una deuda más que dudosa, y por ello la inclusión no está justificada. Al consumidor le interesa conocer sus derechos y desde Viso Abogados podemos ayudarle a reclamar la retirada de datos cuando no proceda.

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¿Se puede reclamar la cláusula suelo de una hipoteca?

La cláusula suelo o el suelo hipotecario es un límite que se aplica aunque el tipo de interés de la hipoteca disminuya. Se pueden reclamar por vía judicial y extrajudicial. Hoy en día, surgen muchas preguntas sobre su reclamación, incluyendo el caso de las hipotecas que ya han sido pagadas.

Reclamación de los gastos en las cláusulas suelo

Hoy en día, de acuerdo con el Tribunal Supremo, es posible reclamar la devolución de los gastos por cláusula suelo. No obstante, el Alto Tribunal bloquea la devolución de los fallos previos a 2016, debido a que una sentencia firme no puede revisarse de nuevo. Anteriormente, solían permitirse las devoluciones parciales de la cláusula y en la actualidad no se puede reclamar el resto.

La vía extrajudicial

Esta vía se aleja mucho del camino judicial, tan temido por sus retrasos. La vía se refleja en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero. El Real Decreto se ampara en las medidas urgentes necesarias sobre cláusula suelo para así proteger a los consumidores.

Las entidades bancarias tienen la obligación de aceptar las reclamaciones que ponen los clientes sobre cláusula suelo. El plazo del que disponen es de tres meses. La obligación que sustenta el plazo es la obligación que tienen de darle una solución factible al cliente, y devolverle dicha cantidad directamente sin más reclamación. En caso de que no haya respuesta en ese plazo de tres meses, o que dicho cliente no esté conforme con la cantidad recibida, la solución que le quedará es reclamar mediante la vía judicial.

La vía judicial

La vía judicial es un camino posible, pero mucho más burocrático y largo. La reclamación se deslizará muy lentamente en el tiempo, pero a veces resulta necesario. La particularidad que tiene la vía judicial  es también que en caso de que la cantidad estimada acabe siendo inferior a la que se ofrecía en la vía judicial, las costas del juicio se impondrán a cargo del afectado.  Pero este es un supuesto que no suele darse, puesto que lo primero que se hace en este despacho de abogados, es comprobar la cantidad, y siempre tramitamos con un riesgo mínimo de costas.  Nosotros VAMOS A EXITO, es decir que si el cliente no cobra, nosotros no cobramos.  Además de que siempre intentamos ganar con costas, puesto que su importe normalmente es superior a lo que correspondería con el porcentaje que se obtiene sobre el importe devuelto.

¿Se puede reclamar la cláusula suelo de una hipoteca que ya está pagada?

La mayor parte de préstamos siguen vigentes. Pero en caso de que se haya terminado de pagar una hipoteca, también se puede reclamar, ya que la ley también opera sobre las que ya han vencido. La Jurisprudencia de Nuestro Tribunal Supremo, indica que no prescribe nunca, al ser NULIDAD ABSOLUTA, es decir que lo que no existe, no puede prescribir.

El tipo legal del dinero

Además, las cantidades abonadas de más generan intereses desde el momento del pago al tipo de interés legal dinero, y sí el pago se produce después de la Sentencia, y una vez iniciada la ejecución de la misma, o apremio, el interese se verá incrementado en 2 puntos porcentuales.  Es decir que el retraso en la reclamación, lejos de causar daño, genera un nuevo beneficio que se corresponde con estos intereses a mayores, que dan un rendimiento muy superior a cualquier plazo fijo.

La cláusula suelo es una reclamación sencilla de la mano de personas expertas. Te animamos a que reclames con nuestros abogados expertos. Solicita presupuesto sin compromiso, sabiendo que nosotros TRABAJAMOS A EXITO, es un porcentaje sobre la cantidad que se devuelva, y si ganamos con costas, le puede llegar a salir GRATIS.

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Ultima aparición en Televisión, con nuestro récord en recuperación en tarjetas de crédito por Usura

Este ha sido nuestro récord, como ya hemos puesto en otros post, el abuso por  USURA por parte de las entidades financieras, los intereses tan excesivos, que les lleva a una devolución tan elevada.

Se trata de un producto muy tóxico, que se ha vendido por las entidades como la mejor manera de poder afrontar los gastos imprevistos, o los gastos de estas fiestas, siempre diciendo lo mismo «es una tarjeta gratuita», «podrás pagar según puedas», «una cuota de 30€ al mes, es menos de lo que gastas en tabaco», «con esa cantidad podrás afrontar cualquier gasto extraordinario», «las gafas que acaba de romper el niño», «el tratamiento de ortodoncia», » el regalo de cumpleaños», y todo ello lo asumes pagando 30€.

Siempre sin indicar la verdad de las cosas, lleva a un endeudamiento excesivo, y a generar una deuda perpetua que solo beneficia a las entidades, que obtienen sus recursos económicos al tipo 0%, del BCE, y lo venden al 25% de interés, añadiendo además otras cláusulas abusivas, como los intereses moratorios o las famosas «RPD» reclamación de posición deudora, un cargo de 35€, automático por no poder atender al pago de 30€.

Las tarjetas que han sido el gran negocio de las financieras, puesto que tenemos que añadir el hecho sicológico, de que nunca nos falta «dinero en la cartera», que hace que el uso sea todavía mucho más fácil y tentador en el endeudamiento sin control, dentro de esta sociedad que incentiva el consumo.

Si está en esta situación o conoce a alguien que se encuentre, póngase en contacto con nuestro despacho, le atenderemos y pelearemos por sus intereses, que son los nuestros, como consumidores y usuarios.

Teniendo en cuenta que nosotros, en muchos de los casos, trabajamos a éxito, es decir, solo cobramos si cobra el cliente, y además, intentamos siempre ganar con costas, con lo que supone que no tenga que asumir ningún coste, y que solo sea recibir de la entidad financiera lo pagado de más.

Cuando estamos hablando de la USURA, el consumidor, solo tiene que devolver aquello que realmente se le haya entregado por parte de la entidad.  Es decir que se anula tanto las distintas comisiones, el seguro de «vida», los intereses moratorios, y como no, «los intereses ordinarios», que nunca explican, si lo dijeran, no lo aceptaríamos, salvo las situaciones agustiosas que ya preveían los romanos, y que se traslado al derecho español, teniendo su último reflejo en la Ley Azcárate, que con más de 100 años, sigue en vigor, y sin ninguna modificación.

A todo ello debemos añadir que el sector poblacional al que se dirigió y se dirige es la de menor capacidad económica, y que además se esfuerzan en ser buenos pagadores, y aguantan más de lo que nos podamos pensar, pero a los cuales quitarles esta losa, es darle mucho más que aire, y una alegría.

Y el mejor regalo que pueden tener, es la devolución además de las cantidades cobradas en exceso.

Y para terminar, desear a todos los lectores de este Blog, una muy Feliz Navidad y un Próspero año nuevo.

Viso Abogados

www.visoabogados.com

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OTRO EXITO DE NUESTRA COMPAÑERA DEL ICAO ALMUDENA LOPEZ Y ALONSO. NULIDAD DEL INTERES MORATORIO

En un procedimiento del año 2008, nuestra amiga y compañera Almudena Lopez y Alonso, ha conseguido que a su cliente, le hayan rebajado los intereses moratorios, y se tenga que hacer una nueva liquidación de los mismos, al declarar nula dicha cláusula.y todo gracias a que el cliente fue a consultar puesto que una deuda de 10.000€ de principal, había generado unos intereses de casi 24.000€.  Ahora toca esperar la nueva liquidación de la entidad financiera.  Muchas Felicidades Almudena, y recordar a todos que no hay que darlo todo por perdido, se firmó, pero es posible que haya sido de forma abusiva para el consumidor.

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Nueva Sentencia por Usura

Otra nueva victoria, esta vez ante el Juzgado nº 11 de Oviedo, con resolución rápida, en 24 horas, además de cancelar la deuda, se le devuelve al cliente lo pagado de más, y dispone:
FALLO
Estimando la demanda formulada por la procuradora Sra. Álvarez Tejón, en la representación de autos, contra Wizink Bank, SA, debo declarar y declaro la nulidad por usurario del contrato de tarjeta de crédito celebrado por ambas partes el 2 de abril de 2013, estando obligada la acreditada a entregar tan solo la suma recibida, y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar al demandante: 1º La cantidad de mil doscientos veinticuatro euros con sesenta y un céntimos de euro (1.224,61 €), más el interés legal; 2º El resultado de la liquidación resultante del anterior pronunciamiento para el supuesto de existencia de operaciones posteriores a la fecha de cálculo tomada por la demandada.
Se imponen las costas procesales a la parte demandada

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CONDENADA POR ESTAFA EN WALLAPOP.

El Juzgado de Instrucción Nº4 de Oviedo ha dictado una Sentencia por la cual se condena a una vendedora de la aplicación WALLAPOP como autora de un delito leve de ESTAFA por vender mediante dicha aplicación una cámara de fotos con el compromiso de devolución del precio de venta en caso de que la misma no funcionara y negarse al reembolso una vez comprobado por la compradora que la misma no funcionaba.

El Juzgado determina que se ha producido el engaño ya que la propia vendedora reconoce haber comprobado el estado de la cámara antes de su venta y haber entregado la misma sin batería a la compradora –por lo que esta no pudo comprobar su estado en el momento de la compra- con la promesa de devolución del precio pagado por ella si esta no funcionaba y negarse a tal devolución una vez solicitada por la compradora, como se reconoció por la condenada en el acto del juicio.

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Caso créditos rápidos y microcréditos usurarios

La mayoría de los créditos rápidos y microcréditos pueden ser nulos por usuraios

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha dictaminado que los créditos al consumo que doblen el interés medio del mercado son usurarios y, por tanto, nulos de pleno derecho.

Esta Sentencia afectará a todos los créditos al consumo, como lo son los créditos rápidos de entidades financieras que a todos nos resultan familiares, por sus constantes anuncios en medios de comunicación, ya que la mayoría de ellos duplican este interés medio del mercado, publicado por el Banco de España y que se mueve alrededor del 9%.

La consecuencia de la nulidad será que el consumidor afectado solo estará obligado a devolver la cantidad recibida, sin tener que hacer frente al pago de interés adicional, pudiendo incluso solicitar la devolución de las cantidades que se hayan pagado de más.

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Reclamación constructora

Condena a una constructora por ofrecer una vivienda autosuficiente y no cumplir con lo pactado

Por los demandantes y la constructora demandada se suscribió un contrato de vivienda familiar independiente, comprometiéndose la constructora a ejecutar la obra en un plazo máximo de 5 meses, ofreciendo el constructor demandado una vivienda AUTOSUFICIENTE, que no precisaría de aporte energético, alcanzando una temperatura constante de entre 18 y 22 grados sin necesidad de calefacción, llegando incluso el demandado a declarar estos extremos en un programa emitido en la televisión autonómica asturiana, programa este en el que el demandado afirma que ha importado dicho sistema de Finlandia.

Tras la ejecución de la obra, no solo el resultado no fue el esperado en el sentido de la autosuficiencia de la vivienda, sino que en la misma se aprecia una colocación defectuosa de los vidrios de la vivienda, que no reúnen las condiciones precisas ni para la autosuficiencia energética ni para cumpli siquiera la norma aplicable en materia de seguridad, así como una incorrecta ejecución en la colocación de la carpintería metálica.

Así las cosas, el Juzgado estima la demanda, condenando en costas a la constructora.

 

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Comisión crédito usurario

El tribunal supremo considera usurario de un crédito con un interés del 24%

 

El pleno de la Sala Civil concluye que aquellos créditos que dupliquen el interés medio del mercado deben considerarse nulos por usurarios.

Dicha Sentencia puede afectar especialmente a todos aquellos créditos que prometen dinero fácil y rápido a un interés, generalmente, desorbitado.

El Supremo justifica la anulación del préstamo porque incurre en los dos requisitos impuestos en la Ley de Represión de la Usura, dicha ley, de 1908 establece que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino»

En el caso concreto enjuiciado por el Tribunal, el afectado firmó en 2001 un contrato de “préstamo personalrevolving Mediatis Banco Sygma”, consistente en un crédito que le permitía hacer disposiciones mediante llamadas telefónicas o el uso de una tarjeta del banco hasta un límite de 3.000 euros. El interés remuneratorio fijado era del 24,6% TAE, y el de demora, el resultante de incrementar el anterior en 4,5 puntos. El cliente dispuso de 25.634 euros del crédito concedido, que devengaron 18.568 euros de intereses, por lo que aunque había pagado al banco 31.932 euros le eran reclamados otros 12.269.

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Indemnización negligencia abogado

Indemnización de más de 9500€ por responsabilidad profesional de abogado, clientes de turno de oficio.

 

Se inicia un procedimiento por responsabilidad civil derivada de la actuación negligente de abogado, fruto de la cual nuestro cliente, arquitecto de profesión y beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita, no pudo ejercitar su legítimo derecho de reclamar judicialmente los honorarios derivados del ejercicio de su actividad profesional frente a una empresa que le había contratado previamente por transcurrir el plazo conferido al abogado para iniciar los oportunos trámites sin que este ejerza acción alguna pese a la insistencia del cliente.

Fruto de dicha negligencia, se condena a la compañía aseguradora del abogado al pago de la deuda total que la empresa contratante mantenía con el arquitecto y que este no pudo reclamar por la mala praxis del abogado, más los correspondientes intereses.

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Reclamación por defectos constructivos

Defectos constructivos: indemnización de 850.000€ cuando en un principio se pedía 450.000€

La Ley de Ordenación de la edificación fija tres tipos de plazos sobre la reclamación de la responsabilidad en los defectos sobre las construcciones:

a) 10 años defectos en elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

b) 3 años por vicios constructivos o instalaciones que afecten a los requisitos de habitabilidad (higiene, salud y protección del medio ambiente).

c) 1 año en relación con los vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.

Esta responsabilidad se podrá exigir durante dos años contados a partir desde que se produzcan dichos daños.

La mala ejecución de la obra, la diferencias entre el proyecto y la ejecución, humedades, ruidos y falta de iluminación, entre otros, llevaron a que en un principio se calculara una indemnización de 450.000€, sin embargo, a posteriori esa cantidad se vió aumentada hasta un total de 850.000€.

Finalmente tras un acuerdo con todas las partes afectadas se llegó a un acuerdo, el cual sería homologado por el Juez de Primera Instancia estableciendo que » Las partes libremente y de común acuerdo, establecen como indemnización y resarcimiento a favor de la actora y ejecutante la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (850.000 Euros) por todo concepto que fue objeto de condena en el procedimiento ordinario número…»

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Reclamación compañía de gas

Compañía de suministro de Gas condenada al pago de 3.382€ cuando reclamaba al contrario 17.300€

Una Empresa de suministro de gas se subroga en la posición contractual de otra empresa del mismo género para suministrar gas a una Comunidad de Propietarios, posteriormente la comunidad de propietarios solicita la baja del contrato.

Esta nueva empresa demanda a la comunidad de propietarios reclamando la suma de 17.250€ mas intereses y costas en concepto de devolución de gasto inicial, gasto de retirada de depósito de gas y penalización por el no consumo de lo acordado

En contestación a la demanda alegamos que esta subrogación se realiza sin el correspondiente acuerdo de subrogación entre ambas empresas y ademas el contrato que es enviado por la nueva compañía a la comunidad de propietarios es firmado por una persona que no tiene legitimidad, entre otras incongruencias.

Finalmente el Juez sentencia DESESTIMO LA DEMANDA formulada por la representación procesal de “EMPRESA DE GAS, S.A.”, frente a “Comunidad de Propietarios”, condenando a la actora al pago de las costas causadas en este procedimiento.

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Reclamación retraso Aerolíneas

En ocasiones determinadas empresas cuando surge un imprevisto en la contratación intentan solventar la situación haciendo creer al cliente que lo que les ofrecen es lo que les correspondería, pero en realidad lo que pretenden es hacer una oferta inferior a la que deben hacer, reduciendo costes.

Esto es lo que ocurrió en el siguiente caso:

Varios pasajeros tenían contratado un vuelo que hacía escala en un país diferente al de destino y como consecuencia de un imprevisto que la compañía se negó a informar a los pasajeros, estos pierden el enlace que les llevaba a su destino y perdiendo un día de sus vacaciones.

La compañía se hace cargo del alojamiento y transporte en ese día, puesto que el nuevo vuelo se señala para el día siguiente. Sin embargo no se hacen cargo de otros gastos que los pasajeros se ven obligados a realizar, diciéndoles a estos que lo reclamen a su llegada a España. Una vez hechas las reclamaciones, se niegan a indemnizar a los pasajeros por la pérdida de un día de sus vacaciones.

En consecuencia se intenta llegar a un acuerdo extrajudicial, sin embargo estos se niegan.

El siguiente paso supone presentar la demanda correspondiente, en este momento se da un cambió brusco a la situación y tras varios tramites judiciales la compañía hace una oferta de indemnización para no perjudicar su imagen.

Nunca dude en preguntar por asesoramiento legal en estos casos y mucho menos en conformarse con algo que no se corresponde con el daño provocado.

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Reducción del exceso de embargo de la nómina

Un cliente de nuestro despacho, nos consulta porque la Seguridad Social le está embargando la nómina, de tal manera que le retienen más de lo que le queda libre, es decir con una pensión de 1795,66, se le retienen 989,28€, y le queda por lo tanto de resto 806,38€.

 

retenciones de alejandro leon

Y después de nuestra gestión, se consiguió una reducción muy importante de la retenciones, pasando a

 

retenciones nuevas a Alejandro Leon

 

Es decir que hemos conseguido una reducción de más del 50%, quedando ahora 1.358,52€ para su disposición.

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