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Las tarjetas revolving han saltado a la palestra mediática al conocerse numerosos casos de intereses abusivos por pago aplazado de compras. Como sucede a menudo entre el común de los usuarios bancarios, la falta de instrucción sobre estos productos crediticios y la ausencia de un cálculo de las tasas de interés mensual y anual permite a ciertas compañías abusar de sus clientes.

Este tipo de herramienta de financiación ha experimentado una considerable proliferación ante la imposibilidad de ciertos colectivos de conseguir liquidez de manera más ventajosa.

Sea como sea, cada vez salen más casos a la luz que refieren cobros de comisiones abusivas y usura. Pero, claro, la posibilidad de disfrutar de bienes y servicios y pagar luego es demasiado atractiva como para dejar de ser una opción blanda a la de trabajar con la banca tradicional.

La OCU desaconseja su uso

La OCU no tiene dudas al respecto, como tampoco las tiene FACUA. Ambas entidades desaconsejan su uso e indican que es un camino fácil hacia un apalancamiento innecesario.

Endeudarse debe suponer una forma de conseguir un equilibrio entre el salario y el nivel de vida. Vivir por encima del nivel de deuda asumible puede generar graves complicaciones en la economía familiar.

Sirva como ejemplo ilustrativo el caso de las tarjetas MBNA-Avantcard, cuyos usuarios han sufrido tipos de interés anuales cercanos al 30 %. La plataforma de afectados sigue presionando para que se aplique una medida sancionadora a esta entidad. Por lo visto, tal como indican sus portavoces, esta empresa aplica modificaciones unilaterales en los intereses, renegocia la deuda y no deja constancia por escrito en ningún caso.

Lo que hay que tener en cuenta antes de contratar una tarjeta revolving

Aunque lo mejor es seguir el consejo de la OCU, en España son muchas las personas que contratan cada año una tarjeta revolving, en ocasiones por ser la única vía de financiación posible. Pero cuidado, hay que tener en cuenta la letra pequeña.

Lo más importante es calcular bien los intereses. Ciertas entidades tratan de seducir al consumidor indicando el porcentaje mensual o el interés nominal, que puede ser del 2 %, por ejemplo. Sin embargo, al calcular la T.A.E. encontramos un 26 %, con una tasa nominal anual del 24 %.

Lo lógico es que esta clase de tarjetas tengan un 10 % T.A.E., pero como se ha dicho hay algunas que rozan el 30 %, una cifra desorbitada que puede arruinar a una persona con un salario de tipo medio.

Además, a veces resulta difícil efectuar una buena estimación de los intereses que deben pagarse en función de las condiciones contractuales. Algunas entidades tampoco lo ponen fácil y precipitan la negociación por teléfono o en plena calle, dejando sin capacidad de respuesta a un usuario ávido de conseguir un aplazamiento en sus compras cotidianas.

En todo caso, si has sufrido un abuso por el empleo de tu tarjeta revolving, no dudes en ponerte en contacto con Viso Abogados. Podemos llevar tu caso y solicitar la devolución de lo que te hayan cobrado de más.

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